Normatividad Escolar
Preescolar
Ciclo
Escolar 2011 – 2012
SECCIÓN PRIMERA: GENERALIDADES. Artículo 1 Los
aspectos considerados en la normatividad escolar son aplicables a todos los
alumnos del nivel Preescolar del Colegio Larrea
y compromete en su cabal cumplimiento a los padres de familia. Artículo 2 Los
alumnos de Preescolar deberán conocer SECCIÓN SEGUNDA: HORARIOS. Artículo 3 El
horario de entrada a clases de los alumnos de Preescolar es a las 8:00 de la mañana. Los alumnos tendrán una
tolerancia de diez minutos de retardo al inicio de labores escolares;
después de este tiempo, es decir, a partir de las 8:10 de la mañana, no se
autoriza la entrada del alumno al Colegio.
Los alumnos podrán llegar desde
las 7:00 hrs. Artículo 4 La
salida de clases de Preescolar será a las 13:00 horas. Artículo 5 Los
padres de familia o una persona previamente designada por ellos y con
conocimiento de Artículo 6
Es obligación de los padres de familia recoger a sus hijos a más tardar
a las 13:45 horas. Artículo 7 El
horario de clases se podrá modificar de acuerdo a las disposiciones de SECCIÓN TERCERA: NORMATIVIDAD PARA Artículo 8 El
Colegio espera de los estudiantes que la integran, la calidad humana que los
dignifique y supere intelectual y moralmente. Espera que el respeto mostrado a
directivos, maestros y propios compañeros, dé lugar a un clima de orden que permita el cumplimiento de la tarea
cotidiana en lo académico y en lo social. Asimismo el respeto y cuidado de sus
instalaciones. Artículo 9 Todos
los alumnos del Colegio deberán asistir a clases usando el uniforme completo.
En los días asignados a clases de Educación Física, deberán usar el uniforme
deportivo. Artículo 10 No
se aceptarán alumnos con cortes de cabello inusuales, largo (hombres), el
peinado de las alumnas será con fleco recto y/o cabello recogido; el Colegio
espera el apoyo de los padres de familia para el cumplimiento de esta
disposición. Artículo 11 Dentro
del Colegio y en sus alrededores, se espera de los alumnos un lenguaje que
refleje respeto y buenas costumbres. Artículo 12 No
se permite ingerir alimentos ni
refrescos dentro del aula. Artículo 13 El
alumno deberá traer diariamente su lonche, portando alimentos nutritivos (no
comida chatarra, ni bebidas con envase de vidrio). Artículo 14 En
caso de que el alumno utilice algún tipo de medicamento, la maestra de grupo
deberá estar informada de ello. Artículo 15 Los
alumnos no deberán portar joyas, traer juguetes u objetos peligrosos, dinero, a
la escuela, ya que el Colegio no se hará responsable en caso de extravío. Artículo 16 No
se permite que los alumnos vendan entre sus compañeros cualquier tipo de
mercancía (cartitas, lápices, juguetes, etc.). SECCIÓN CUARTA: DISPOSICIONES ACADÉMICAS. Artículo 17 Los
libros y cuadernos de los alumnos deberán estar bien forrados, conservarse en
buen estado y mostrar con claridad el nombre del estudiante, su grado y sección
correspondiente. Artículo 18 Es
importante que los padres de familia revisen el informe semanal de sus hijos y
lo regresen con firma de enterado. Este informe se entrega todos los viernes al
alumno y debe regresarse a su maestra el lunes siguiente. Artículo 19 Las evaluaciones académicas se realizan en los meses de
Noviembre, Febrero y Mayo. Dichas
evaluaciones evalúan concretamente el desarrollo del alumno en cada una de las áreas de desempeño que a continuación se mencionan: - Pensamiento
Matemático - Lenguaje y
Comunicación - Exploración y
Conocimiento del Mundo - Desarrollo
Físico y Salud - Desarrollo
Personal y Social - Expresión y
Apreciación Artística - Inglés -
Educación Física -
Conducta La
evaluación será representada bajo los siguientes criterios: E Excelente. MB Muy
bien. B Bien. R Regular. NE Necesita
estimulación. Artículo 20 Los alumnos deberán presentarse a clases
con los libros, cuadernos y material asignado por sus profesores, desde el
primer día de clases. Artículo 21 Todos
los materiales, mochilas, loncheras (no metálica) y uniformes deberán estar
marcados con el nombre del niño, en lugares visibles y difíciles de borrarse. Artículo 22 El
alumno podrá recibir el apoyo del Departamento de Orientación Educativa cuando
lo requiera o se le turnará al área correspondiente. Artículo 23 El
alumno podrá hacer uso del seguro de accidentes escolares cuando se requiera. Artículo 24 El
alumno podrá hacer uso del fondo de garantía escolar cuando se requiera. Artículo 25 El
alumno podrá hacer uso de las instalaciones, biblioteca y centro de
cómputo previa autorización de la
coordinación correspondiente. Artículo 26 Se
les entregará reconocimientos a los alumnos que: Destaquen
en actividades académicas, culturales, artísticas y deportivas. Artículo 27 Los
alumnos del Colegio se comprometen a respetar y cumplir con el presente
reglamento. Cualquier violación a los artículos que aquí se señalan, será
motivo de un llamado de atención o de una sanción, dependiendo de
la gravedad de la falta. De lo anterior se hará del conocimiento a los padres
de familia, a través de la coordinación académica. SECCIÓN QUINTA: PADRES DE FAMILIA. Artículo 28 Los
padres de familia del Colegio Larrea tienen los siguientes derechos y
obligaciones: a) Asistir al programa de tutorías al finalizar el
período de evaluaciones, donde recibirán información oportuna del desempeño
escolar y conductual de su hijo. b) Recibir el informe semanal y reporte de evaluación
trimestral. c) Consultar la página de Internet, www.larrea.edu.mx. d) Solicitar y ser atendido por Dirección General,
Coordinación Académica, Coordinación de Inglés, Coordinación de Deporte o el
Departamento de Orientación Educativa. e) Recibir circulares y diversos comunicados escritos. f) Asistir a conferencias y talleres de Escuela para
Padres, actividades académicas, deportivas y sociales que organiza la
institución. g) Solicitar al Departamento de Servicios Escolares los
documentos necesarios (boletas, constancias, credenciales, etc.) h) Supervisar el cumplimiento de i)
Cumplir con el
Reglamento de Finanzas para evitar suspensiones que afecten académicamente a su
hijo. SECCIÓN SEXTA: TRANSITORIOS. Artículo 29 Este
reglamento entrará en vigor a partir del presente ciclo escolar. Artículo 30 Los
casos especiales no previstos en este reglamento, serán resueltos por UNIFORME ESCOLAR NIÑAS (GENERAL) -
Falda
con un largo debajo de la rodilla. -
Calceta
azul marino. -
Zapato
escolar negro con tacón no mayor a -
Blusa
institucional. -
Falda
short, camiseta deportiva y calcetas blancas. -
Súeter
y pants institucional. -
Tenis (se permitirá únicamente con el uniforme deportivo). -
Mandil de tela del uniforme NIÑOS (GENERAL) -
Pantalón
azul marino y cinto negro. -
Camisa
institucional. -
Zapato
escolar negro. -
Short,
camiseta deportiva y calceta blanca. -
Súeter
y pants institucional. -
Tenis (se permitirá únicamente con el uniforme deportivo). -
Mandil de tela del uniforme ![]() | ||||||||